En Estados Unidos de América, se ha reconocido a cada Iglesia de Scientology y actividad de mejora social relacionada como exenta de impuestos y organizada exclusivamente con fines benéficos.
Después de dos años de un examen de magnitud y profundidad sin precedentes, abarcando todas las operaciones mundiales de la Iglesia, la IRS (la Agencia Tributaria de EE. UU.) emitió cartas de resolución el 1 de octubre de 1993, reconociendo la exención de impuestos del estatus religioso y benéfico de la Iglesia de Scientology Internacional, la Iglesia Madre de la religión de Scientology, y las 150 iglesias afiliadas, misiones y organizaciones de mejora social, todas entidades distintas y separadas. La IRS también reconoció el estatus benéfico y religioso de la Asociación Internacional de Scientologists, una organización de afiliación abierta a todos los scientologists de todas las naciones.
En esta rigurosa revisión, realizada bajo la supervisión de los más altos funcionarios del gobierno sobre organizaciones exentas de impuestos, la IRS concluyó que la Iglesia funcionaba exclusivamente con fines religiosos y benéficos.
El dictamen del gobierno de EE. UU. establece que: (1) Scientology es una religión genuina, (2) las Iglesias de Scientology y sus instituciones benéficas y educativas funcionan exclusivamente con fines religiosos reconocidos, (3) las Iglesias de Scientology y sus instituciones educativas y benéficas actúan en beneficio del interés público y no para intereses particulares, y (4) ninguna parte de los ingresos netos de estas Iglesias de Scientology y sus instituciones benéficas y educativas se destina a beneficio de ningún individuo o entidad no benéfica.
La IRS también determinó que la Iglesia de Scientology califica como “iglesia” bajo criterios que requieren la existencia de una doctrina religiosa establecida, literatura religiosa e historia religiosa, la calificación y la ordenación de ministros, y una comunidad religiosa de creyentes.
Los ministros de la religión también tienen derecho al estatus de inmigración como clérigos por el Departamento de Estado y las decisiones del Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) encuentran que Scientology es una religión genuina. Scientology está oficialmente reconocida como religión en EE. UU. por leyes federales, estatales y de gobiernos locales.
Scientology también ha sido inequívocamente reconocida como religión en decisiones judiciales de Estados Unidos. Durante más de cuarenta y cinco años, caso tras caso, los Tribunales de EE. UU. han sostenido de manera constante que Scientology es una religión genuina y que sus creencias y prácticas son de naturaleza religiosa y están protegidas bajo la Constitución de EE. UU. Por ejemplo: en septiembre de 1993, el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito de Estados Unidos revisó cada decisión judicial registrada en EE. UU. desde el inicio de Scientology y determinó los hechos indiscutibles:
“No hay verdaderos elementos objetivos que cuestionen [que Scientology es] una religión genuina”.
Asimismo, en enero de 1983, en La Iglesia Fundacional de Scientology de Washington, DC v. el Director del FBI, el Tribunal del Distrito de los Estados Unidos, Distrito de Columbia, dictaminó:
“La Iglesia de Scientology debe ser tratada igual que cualquier otra religión o secta religiosa establecida dentro de los Estados Unidos, ya sea católica, protestante o de otro tipo”.
Estados Unidos ha determinado que la Iglesia de Scientology está organizada exclusivamente para fines religiosos y benéficos. Este reconocimiento oficial es especialmente significativo, pues en Estados Unidos está la sede del cuerpo eclesiástico más alto y las actividades centrales de la Iglesia, así como la mayor Iglesia de Scientology del mundo, que es la sede espiritual de la religión de Scientology para todos los scientologists. En estas circunstancias, a la decisión de Estados Unidos de reconocer y aceptar plenamente a la religión se le debería por tanto otorgar gran peso.
“Hemos determinado que están exentos de impuestos federales bajo la sección 501(a) del Código de Recaudación Tributaria como organización descrita en la sección 501(c)(3)”.