La Iglesia de Scientology está oficialmente reconocida como religión en España. El 31 de octubre de 2007, la Audiencia Nacional en Madrid publicó un fallo unánime con una decisión histórica, afirmando el derecho a la libertad religiosa en España, reconociendo que la Iglesia Nacional de Scientology de España es una organización religiosa que tiene derecho a toda la variedad de derechos religiosos que emanan a partir de su entrada en el Registro de Entidades Religiosas del Estado.
Este reconocimiento marcó el fin de una era en la que los scientologists españoles se habían visto obligados a luchar por su derecho a la libertad religiosa. Reivindica a la Iglesia de Scientology de España y es un nuevo comienzo para todos los scientologists españoles.
Hoy en día no hay duda del legítimo estatus de Scientology como una de las religiones del mundo. Scientology está plenamente desarrollada, según la definición de religión, en su teología, práctica religiosa y organización. La amplitud y el alcance de la religión incluye miles de Iglesias de Scientology, misiones y organizaciones relacionadas en 167 países, todas unificadas por una meta religiosa común y atendiendo a millones de personas.
La Audiencia Nacional examinó a conciencia los documentos formativos, metas y propósitos de la Iglesia de Scientology para, de manera inequívoca, determinar que la Iglesia Nacional de Scientology de España tiene derecho a ser inscrita como una religión bajo la ley española. En concreto, la Audiencia Nacional determinó que el derecho de la Iglesia de Scientology a inscribirse como organización religiosa constituye una manifestación de su derecho a la libertad religiosa y su derecho a la práctica colectiva de la religión de Scientology.
Para llegar a esta conclusión, el Tribunal reafirmó el principio de “que la inscripción de una entidad religiosa en el Registro implica, por encima de todo, el reconocimiento de su estatus legal como grupo religioso, es decir, la identificación y admisión en la Ley de un grupo de personas que tienen la intención de practicar con inmunidad de coacción, su derecho fundamental a la práctica colectiva de la libertad religiosa como lo establece el Artículo 5.2 de la Ley de Libertad Religiosa Española”.
“Este Ministerio ha decidido otorgar la inscripción de la Entidad Religiosa denominada ‘IGLESIA DE SCIENTOLOGY DE ESPAÑA’... en conformidad con la ley establecida en el Artículo 5 de la Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa, para garantizar la práctica de sus actividades en conformidad con la regulación establecida”.